El presidente del Jurado Electoral Especial, Luis Carrasco, aseguró la noche de este viernes que la exclusión del candidato César Acuña de la fórmula a la Presidencia y Vicepresidencia de la República de Alianza para el Progreso (APP) es consecuencia de no haber cumplido con lo establecido en la Ley de Organizaciones Políticas.
En declaraciones a Nada está dicho de
RPP Noticias, Carrasco sostuvo que, si bien esta medida puede resultar
desproporcionada para algunos, es responsabilidad del candidato el declarar
todos sus bienes, algo que Acuña Peralta no cumplió.
“A uno les parecerá muy excesivo y a
otros les parecerá muy correcto. Entonces ya en estas proyecciones es otro
tema. Nosotros estamos aplicando la consecuencia tal cual está previsto en la
norma”, manifestó.
Responsabilidad
de declaratoria
Según precisó, esta exclusión responde
a que Acuña no cumplió con declarar un inmueble antes de que presentara la
solicitud de inscripción de su fórmula presidencial, cuya fecha límite era el
22 de diciembre. Para entonces los candidatos debían haber presentado una
declaración indicando todas sus propiedades.
Señaló también que cuando realizaron
la fiscalización de los inmuebles de los candidatos luego del 22 de diciembre,
pudieron verificar que Acuña tenía inscrito en registros públicos un inmueble
más a los que había declarado. Esto pese a que la Ley de Organizaciones
Políticas establece que se declaren todos los bienes estén o no en Registros
Públicos.
“La Ley de Organizaciones Políticas
impone la obligación a los candidatos de declarar sus propiedades, todas, no
solamente las inscritas, porque si no los candidatos podrían tener millones en
propiedades no inscritas y no tener la obligación de declararlas y con esto se
pasearía el sentido de la norma, o sea los candidatos no declararía nada”,
sostuvo.
Al ser consultado sobre la
modificación que hizo el Parlamento a la norma para que sea el Jurado Nacional
de Elecciones el que cuente las propiedades de los candidatos, el funcionario
indicó que esto no resta responsabilidad a los postulantes de declarar sus
bienes.
Exclusión
por omisión
La exclusión de César Acuña de la
fórmula de APP fue resuelta por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1,
por la declaración de 18 bienes inmuebles, cuando en Registros Públicos el
candidato cuenta con 19.
Al respecto, el líder de APP indicó
que el ente electoral se extralimitó, por lo que apelarán a esta decisión.
Además, justificó que no se haya incluido la propiedad debido a que aún no
estaba registrada.
Fuente: RPP.PE
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