Un grupo de parlamentarios de Acción
Popular planteó este sábado incluir en su reglamento interno la posibilidad de
que puedan postular a la reelección en las Elecciones Generales de 2021, pese a
que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aún no se pronuncia al respecto.
El planteamiento fue realizado por
ocho legisladores de esa agrupación durante el Plenario Extraordinario en el
que se iba a definir el reglamento interno para las elecciones primarias de
Acción Popular, en el cual se incluyó el impedimento para que postulen los
actuales regidores, alcaldes o consejeros.
Entonces, algunos delegados pidieron
que también se incluya a los legisladores en este impedimento. Sin embargo, los
legisladores en cuestión plantearon la posibilidad de que puedan postular a la
reelección pues consideran que el partido no puede ir en contra de este derecho
si es que no existe un pronunciamiento del JNE.
Precisamente sobre este punto, el
congresista Franco Salinas manifestó que aún no se conoce la postura del ente
electoral sobre la reelección de los actuales legisladores. Agregó que la propuesta
busca apegarse a la norma electoral, por lo que esperarán a que el JNE se
pronuncie.
“Creo que ninguna organización
política puede adelantarse a algo que no está bien determinado. Desde mi punto
de vista muy personal y jurídico como abogado creo que los congresistas
actuales sí podemos postular. Creo que un partido no podría limitar un derecho
que la ley misma no te impide”, sostuvo.
La propuesta de los legisladores fue
rechazada por los delegados del partido durante una votación; sin embargo, el
parlamentario Ricardo Burga planteó un pedido de reconsideración.
Según la reforma constitucional
aprobada en el referéndum de 2018, los legisladores ya no pueden postular a una
reelección. Sin embargo, los parlamentarios del Congreso disuelto en 2019 sí
pudieron postular a las elecciones congresales extraordinarias, tras una
habilitación del JNE que consideró que no se trataba de una postulación para un
nuevo periodo legislativo completo.
Fuente: RPP.PE
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