La Comisión de Presupuesto del Congreso aprobó por unanimidad el
dictamen que permite la entrega de una pensión extraordinaria o la devolución
del dinero a los aportantes a la ONP mayores de 65 años y que no lograron
cumplir los requisitos para obtener una pensión, o entregarles una pensión
extraordinaria.
Es decir, las personas podrán pedir la devolución del 95.5% de sus
aportes acumulados y la ONP atenderá dichas solicitudes en un plazo máximo de
30 días hábiles. El beneficiado podrá retirar la mitad de su monto en un plazo
de 30 días hábiles y la otra mitad se desembolsará 30 días hábiles después.
Mientras que el dinero restante, que es el 4.5%, será transferido al
EsSalud para que proceda a su aseguramiento y garantizar la atención de su
salud. Además, se incluye que la devolución de los aportes y los intereses que
generó serán intangibles.
Sin embargo, el dictamen, que recoge 11 proyectos de ley que van en el
mismo sentido, establece algunas diferencias de acuerdo a la edad del
aportante.
¿Cuáles?
Por ejemplo, si la persona tiene más de 55 años y no alcanzó los 20
años de aporte, podrá solicitar el retiro del 95.5% de su dinero o continuar
aportando al SNP.
Mientras que en el caso de los exaportantes a la ONP que se encuentren
actualmente afiliados a la AFP podrán acceder a sus fondos a través de un bono
de reconocimiento transferido a su Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) o
pedir la devolución de su fondo.
La devolución de los aportes o el bono de reconocimiento deberá ser
entregado en un plazo no mayor de 30 días calendarios de efectuada la
solicitud. En el primer caso la solicitud es efectuada por el ex aportante y en
el segundo caso la solicitud es efectuada por la AFP.
¿Qué pasa si tengo menos de
55 años?
Los afiliados menores de 55 años, sean aportantes activos o
exaportantes, que mantengan fondos en la ONP podrán, según el dictamen,
solicitar el retiro de sus aportes, de manera voluntaria, hasta por 01 UIT. Es
decir, desembolsar como máximo S/4,300.
La entrega se realizaría en 2 armadas en el plazo de 30 y 60 días,
descontándose de los aportes acumulados.
Sin embargo, aquellos menores de
55 años que tengan en su fondo un monto menor a S/4,300, podrán retirar la
totalidad del dinero
Adicionales
El dictamen propone que, de manera eventual, y por el periodo de pago
de la remuneración correspondiente al mes siguiente de publicada la ley, se
suspenda la obligación de retención y pago por un mes del aporte al Sistema
Nacional de Pensiones (SNP).
Finalmente, dispone que la ONP, en un plazo de 90 días calendario,
contados a partir de la publicación de la presente ley, presente ante la
Comisión de Presupuesto la lista de entidades públicas y empresas privadas que
"adeudan aportes o retenciones de aportes a la ONP" y las acciones
realizadas para la cobranza de dichas deudas.
Fuente: RPP.PE
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