El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó este jueves siete resoluciones que declaran infundadas las apelaciones presentadas por el Partido Aprista que pedía la ampliación del plazo en el sistema ‘Declara’ para poder inscribir sus listas parlamentarias fuera de plazo debido a que no logró inscribirlas en la plataforma antes del cierre del plazo el 22 de diciembre del 2020.
Las resoluciones publicadas
corresponden las apelaciones presentadas ante los Jurados Electorales
Especiales (JEE) de Cajamarca, Coronel Portillo, Huancavelica, Lima Centro 1,
Maynas, Pasco y Tacna.
Estas se suman a las que fueron
difundidas por el JNE el pasado viernes 8 de enero correspondientes a los JEE
de Lambayeque, Amazonas y Moquegua.
Con esta decisión, el Partido Aprista
no tendrá postulantes al Congreso de la República más que en Arequipa, Junín y
para Peruanos en el extranjero.
Cabe destacar que el fallo del JNE fue
suscrito por el presidente del JNE, el juez supremo Jorge Luis Salas Arenas, y
por Jovián Valentín Sanjinez. Los otros dos votos, Luis Arce y Jorge Rodríguez
Vélez, se pronunciaron a favor de la apelación y de permitir que el Partido
Aprista concluya con su inscripción. No obstante, debido al voto dirimente de
Salas Arenas inclinó la balanza en contra del Apra.
En su fallo, el JNE consideró que si
bien existe el derecho fundamental a la participación en la vida política que
alejó José Pimentel en su apelación, como el resto de derechos fundamentales,
este es no absoluto y reglamentable.
“Por tales fundamentos, los miembros
de este órgano electoral no advierten motivo alguno para inaplicar la regla
electoral indicada [...] para extender la habilitación de los sistemas
electrónicos más allá de los plazos legalmente establecidos”, concluyó el ente
electoral.
Fuente: DiarioCorreo.Pe
No hay comentarios:
Publicar un comentario