La Primera Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque declaró improcedente la demanda constitucional de hábeas corpus a favor de Antauro Igor Humala Tasso interpuesta por Enrique Bernal Solano, en representación de la institución denominada “Coordinadora Nacional Anticorrupción del Perú”.
El argumento del pedido de liberación
de Antauro Humala es confuso, según la sala, porque mezclaba el peligro de su
salud por cumplir una condena y también indicaba que debía ser libertado porque
no había cometido un delito.
Es por eso que la Sala verificó el
presunto riesgo de vida y salud del líder etnocacerista, constatando que no se
aprecia ninguna amenaza o vulneración a sus derechos a la vida, la salud y la
integridad, en su condición de interno en un establecimiento penitenciario; así
como tampoco que haya recibido un tratamiento inadecuado vinculado a la
COVID-19.
Pero, no solo se negó la excarcelación
de Antauro Humala, sino también se multó al abogado César Milla Ormaeche y al
demandante Enrique Bernal Solano con 4 mil 300 soles a cada uno.
En la resolución, se hacer referencia
a que los demandantes y sus abogados han presentado en forma reiterada siete
demandas similares en los distritos judiciales de Lima, Puno, Piura, San
Martin, Huancayo y La Libertad, que también fueron declaradas improcedentes.
Días atrás la Primera Sala Penal de
Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca también
rechazó, por unanimidad, el recurso de habeas corpus presentado para la
liberación de Antauro Humala.
Fuente:
RPP.PE
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