El Congreso de la República promulgó la ley que permitirá el retiro de hasta S/4,300 de los aportes de los afiliados a la ONP, días después de que esta fuera aprobada por insistencia. La norma fue publicada este viernes en el diario oficial El Peruano.
La iniciativa legislativa, cuya
insistencia había sido aprobada en cuatro comisiones del Congreso (Economía,
Trabajo y Defensa del Consumidor y Presupuesto), tuvo 87 votos a favor, 21
votos en contra y 3 abstenciones. Sin embargo, el Poder Ejecutivo aún puede
imponer una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional
(TC).
El presidente Francisco Sagasti
aseguró recientemente que se tomaría esta medida: "En ese caso ya pasó por
el Ejecutivo y se observó y si se pasa por insistencia, lo llevaremos al
Tribunal Constitucional, que quede perfectamente claro ese tema",
manifestó.
Como se recuerda, el proyecto ya había
sido observado por el Poder Ejecutivo en septiembre. En ese entonces se indicó
que el proyecto afectaría el presupuesto del Estado, traería desequilibrio económico y perjudicaría
a los aportantes pues atenta contra la naturaleza previsionales de los aportes.
¿Qué
establece la iniciativa aprobada?
Con esta aprobación se establece una
devolución de aportes de hasta una UIT, equivalente a S/4,300, para los
afiliados que continúen aportando o que hayan dejado de hacerlo.
La cantidad de dinero que se entregue
a cada uno dependerá de la cantidad de aportes que registre el aportante.
Además, los afiliados que tengan más
de 65 años de edad y que no hayan cumplido los 20 años de aportes para acceder
a una pensión tienen derecho a la devolución de sus aportes efectuados.
El retiro de este dinero tendría
condición de intangibilidad, es decir, no podrá ser descontada a menos que el
aportante tenga deudas alimentarias. En ese caso, se les descontará hasta un
30% del dinero que soliciten.
En los próximos 15 días luego de
publicada la ley el Poder Ejecutivo debe implementar el procedimiento operativo
para la devolución.
Bono
para jubilados
El texto sustitutorio también indica
que se otorgaría una retribución extraordinaria equivalente de S/ 930 para los
pensionistas del Decreto Ley 19990.
Los jubilados recibirían este subsidio
de acuerdo con un cronograma que tendría que emitir el Ministerio de Economía y
Finanzas (MEF) en un plazo de 15 días luego de publicada la norma.
¿Cómo
sería el pago?
El pago del 50% de la UIT
(aproximadamente S/2,150) se realizaría en un plazo máximo de 30 días, luego de
aceptada la solicitud. El saldo restante se entregaría 90 días después del
primer desembolso.
La Oficina de Normalización
Previsional (ONP) tendría máximo 30 días para recibir cada solicitud de manera
física, presencial o remota. En caso no se pronuncien más allá de ese plazo, se
aplicará el silencio administrativo positivo, es decir, se dará como aceptada
la solicitud.
De acuerdo con el Consejo Fiscal, se
estima que el desembolso total costaría cerca de S/16 mil millones.
Fuente: RPP.PE
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