A través de la resolución n.° 0037-2020-JEE-TRU/JNE, el Jurado Electoral Especial de Trujillo declaró inadmisible la lista de candidatos al congreso por el partido Alianza para el Progreso (APP).
“Declarar inadmisible la solicitud de
inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República del partido
político Alianza Para El Progreso; y, en consecuencia, conceder un plazo de dos
(2) días naturales para subsanar la observación indicada, bajo apercibimiento
de declarar improcedente la inscripción de la lista de candidatos. Cumplido
legalmente que fuere, se procederá a la admisión”, se lee en el documento.
La resolución explica que algunos
candidatos no consignaron información importante que respalde lo indicado en su
declaración jurada.
Una de ellas es María del Rosario
Cortijo Izquierdo quien no presentó su solicitud de licencia sin goce de haber
a su trabajo como enfermera en el hospital de EsSalud de Chocope.
Además Joana del Rosario Cabrera
Pimentel que tampoco presentó una solicitud de licencia sin goce de haber a su trabajo en el hospital ya mencionado.
Además, el JEET también advierte que
no se incluyó a los candidatos de la lista 2, que no ganó y que según el
reglamento interno del partido obliga a que se consideren. Sobre el particular,
vale recordar que el referido cuadro era integrado por Hernán Aquino y otros postulantes que renunciaron a APP.
Fuente:
DiarioLaIndustria.Pe
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