
"Promulgo ante los peruanos la
reforma constitucional que impide postular a cargos públicos a sentenciados en
primera instancia. Para que, de esta manera, se garantice que en las próximas
Elecciones Generales, convocadas para el domingo 11 de abril, se presenten
candidatos idóneos a fin de que la ciudadanía pueda elegir a sus próximas
autoridades", señaló en un pronunciamiento.
El pasado viernes, la reforma fue puesta
a segunda votación en la sesión del Pleno del Congreso luego de que varios
congresistas insistieran en ver este tema antes de que se debata la admisión de
la moción de vacancia presidencial.
A inicios de julio el Pleno del Congreso
aprobó la reforma a la Constitución que prohíbe que los sentenciados por
corrupción en primera instancia puedan postular a cargos de elección pública en
los comicios del 2021.
Pese a que la reforma ya había sido
aprobada, esta necesitaba una segunda votación para que entre en vigencia en
las elecciones del 2021. Esta segunda votación necesitaba ser realizada antes
del 28 de septiembre, por lo que el plazo estaba cerca de vencerse.
Cambios
en la Constitución
Hasta hoy, la Constitución Política del
Perú no prohibía la postulación de personas con sentencia condenatoria en
primera instancia por delito doloso (es decir, delito intencional). Desde la
promulgación de la Ley Nº 30717, que modificó la Ley Orgánica de Elecciones en
enero de 2018, este impedimento solo aplica si la persona tiene una sentencia
“consentida o ejecutoriada”; que -en términos más exactos- es aquella emitida
en segunda instancia por el Poder Judicial.
A fin de reajustar esta regla y darle
soporte constitucional, la ley incluye dos nuevos artículos a la Constitución:
el 34-A y el 39-A. En el primero, se especifica que las personas sentenciadas
en primera instancia -como autoras o cómplices- por un delito doloso, no
podrían entrar en carrera a un cargo de elección popular. En el segundo, por su
parte, se extiende este impedimento a personas que aspiren a trabajar en el
Estado o que sean consideradas para puestos de confianza.
Fuente: RPP.PE
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