El Organismo Supervisor de la Inversión
en Energía y Minería (Osinergmin) modificó la lista de beneficiarios del bono
de electricidad, incorporando nuevos usuarios residenciales.
De acuerdo con la Resolución N°
021-2020-OS/GRT, publicada en el diario El Peruano, más de 3 millones de
usuarios residenciales focalizados, adicionales a los que ya estaban en el
padrón, serán beneficiados con el subsidio de S/160.
Asimismo, se aprobó el programa de
transferencia de S/233 millones 544,561 para el pago del recibos de luz de sus
beneficiarios.
¿Dónde
revisar si soy beneficiario?
La información estará publicada en la
web bonoelectricidad.pe y en la página de cada empresa prestadora de
electricidad.
Los usuarios podrán conocer si les
corresponde o no el bono solo ingresando su número de suministro, que se
encuentra en la parte superior derecha de tu recibo.
¿Cuáles
son los requisitos?
Para ser uno de los hogares
seleccionados debes cumplir con los siguientes criterios:
Entre marzo 2019 y febrero 2020 los
usuarios deben haber tenido un consumo promedio de hasta 125 kWh/mes, es decir,
alrededor de S/68.75 mensual.
Entre enero y febrero de este año su
consumo promedio debe haber sido de máximo 150 kWh o S/82.5.
Además, el suministro de tu hogar no
debe estar ubicado en en manzanas calificadas como estrato alto y medio alto,
según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
En el caso de provincias se considerará
a los usuarios residenciales del servicio de electricidad de los sistemas
eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico
autónomo.
¿Cómo
solicitar ser incluido?
De acuerdo con la plataforma del
subsidio, se indica que si no estás entre los beneficiarios, pero cumples con
los requisitos y consideras que deberías acceder al bono, debes comunicarte con
la empresa eléctrica que te distribuye el servicio.
Si la empresa evalúa favorablemente la
solicitud procederá a incluirlos en el listado, reportandolo y sustentandolo
con documentos a Osinergmin.
En caso las compañías de electricidad no
registran y/o atienden las solicitudes de los usuarios para ser beneficiados,
estarían incurriendo en una infracción administrativa y podrían ser multadas
por la entidad reguladora.
Fuente: RPP.PE
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